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Expatriados en tiempos de coronavirus

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Alfredo Aspra explica en El País que los expatriados tienen derecho a solicitar no prestar los servicios para los que se le ha contratado, pero eso no implica una repatriación

Pocos preveían en el sector empresarial una pandemia como la del SARS-CoV-2 que está sacudiendo la economía global. Sin un precedente en la historia reciente en el que basarse, las empresas están teniendo que adaptar los esquemas de trabajo y gestión de personal, también respecto a los expatriados. En una situación en la que cada país establece sus propias medidas, desplazados y expertos señalan algunos aspectos fundamentales: desde la tranquilidad de estar cubiertos en materia sanitaria y la comunicación hasta la certeza de que primará la salud del personal.

Lo normal es que en la carta de desplazamiento, en la que se recogen las condiciones de la movilidad, se incluya una póliza privada, según relata por teléfono Alfredo Aspra, responsable del área laboral y socio de la firma legal Andersen Tax & Legal. “Pero no es obligatorio”, puntualiza.

“Si hay un peligro inminente, el trabajador tiene el derecho a solicitar no prestar los servicios para los que se le ha contratado, pero que eso se tradujese en una repatriación no está claro”, comenta el experto de Andersen Tax & Legal.

Puede leer el artículo completo en El País o en PDF.

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