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Las empresas se enfrentan a sanciones si no establecen el registro diario de jornada a partir del 12 de mayo

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Andersen Tax & Legal organiza un Desayuno de Trabajo sobre los "Aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada" en el que se pone de manifiesto que las empresas deben tener, al menos, establecido un plan de implantación del registro de la jornada para esa fecha.

A partir del próximo 12 de mayo será obligatorio que las empresas establezcan un registro diario de jornada ordinaria de cada trabajador. Así lo establece el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Andersen Tax & Legal abordó en el Auditorio de sus oficinas en Madrid durante una jornada específica desarrollada al efecto los aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada con la participación de Vicente Mora, Inspector de Trabajo y Seguridad Social, junto con Alfredo Aspra y José Antonio Sanfulgencio, abogados del Departamento de Derecho Laboral de la Firma.

Alfredo Aspra recomendó a los más de 40 empresarios presentes en la jornada trabajar en la documentación y organización de un sistema que garantice el registro de la jornada diaria de cada empleado atendiendo a las peculiaridades y concretas necesidades de cada organización. Así mismo advirtió que el incumplimiento de esta medida podría ser susceptible de tipificarse como una infracción laboral de carácter grave con una sanción de hasta 6.250 euros.

Además, con carácter simultáneo a la puesta en marcha del concreto sistema de registro diario de la jornada, será altamente recomendable, subrayó Aspra, fijar y recordar pautas sobre todos aquellos aspectos relacionados con la jornada laboral y su desarrollo, entre ellos, la jornada anual efectiva, el horario de trabajo y, en su caso, flexibilidad horaria, las posibles especificidades o particularidades en las jornadas de determinados colectivos, etc.

Por su parte, Vicente Mora explicó que el motivo de la medida es la reducción de horas extras no declaradas lo que en su opinión incrementará la productividad y la satisfacción laboral. Por otro lado, destacó una serie de problemas como el registro de los descansos diarios o pausas legales, las pausas no regladas, el registro de la jornada de los trabajadores sin horario o aquellos trabajos desarrollados fuera de la empresa, caso en el que se podría establecer un registro electrónico obligatorio.

En esta línea, José Antonio Sanfulgencio indicó que no se trata solo de registrar la entrada y salida como indica la Ley, sino también de fijar pautas sobre el desarrollo de la “jornada efectiva” de trabajo con las múltiples variantes que supone la existencia de distintas jornadas, el trabajo fuera del centro de trabajo y, en su caso, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año. Incidió en la necesidad e idoneidad de establecer protocolos en materia de horas extraordinarias.

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