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Los abuelos no cuentan para adaptar la jornada laboral

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Alfredo Aspra explica en El Economista que los abuelos no cuentan a la hora de adaptar la jornada laboral del trabajador porque aunque son un soporte importante, no se pueden desplazar sobre ellos funciones inherentes a la patria potestad, que corresponde en exclusiva a los progenitores

La empresa no puede exigir a una trabajadora con reducción de jornada que acredite que los abuelos o terceros ajenos a la familia no están disponibles para recoger a sus hijos en el colegio ante una solicitud para adaptar el horario. 

Alfredo Aspra, socio de Andersen Tax & Legal y responsable del Departamento de Derecho Laboral, explica que “en la actual realidad social los abuelos son un importante soporte, tanto para sus hijos como para sus nietos, no se pueden desplazar sobre ellos funciones inherentes a la patria potestad, que corresponde en exclusiva a los progenitores”.

Además, estima Alfredo Aspra que la empresa no ha podido probar que la adaptación de la jornada laboral genere dificultades organizativas, máxime cuando la propia trabajadora ha propuesto diversas alternativas. 

Puede leer la noticia completa en El Economista.

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