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Novedades fiscales introducidas por el Real Decreto-ley 15/2018 de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

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El RDL 15/2018, publicado en el BOE el pasado 6 de octubre, ha introducido una serie de medidas de carácter fiscal

El RDL 15/2018, publicado en el BOE el pasado 6 de octubre, ha introducido una serie de medidas de carácter fiscal cuyas principales implicaciones se exponen a continuación:

Exención transitoria en el IVPEE

Se introduce una medida transitoria que exonera del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica (IVPEE) durante seis meses a los productores de energía incorporada al sistema eléctrico. La exención comprende el último trimestre natural de 2018 y el primero de 2019.

La citada exención deberá ser tenida en cuenta tanto para el cálculo de la base imponible de los pagos fraccionados, como en la autoliquidación anual de los ejercicios 2018 y 2019.

Exención en el Impuesto sobre Hidrocarburos

En segundo lugar, se modifica la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, para introducir una exención en el Impuesto sobre Hidrocarburos en la utilización de productos energéticos destinados a la producción de electricidad en centrales eléctricas o a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y de calor en centrales combinadas. La exención afectará principalmente a la utilización de gas natural en las centrales de ciclo combinado. Se condiciona su aplicación a la solicitud previa y autorización por parte de la oficina gestora.

Cabe recordar que esta exención ya era de aplicación con anterioridad a la introducción el 1 de enero de 2013 de la Ley 15/2012, que suprimió el beneficio fiscal por motivos medioambientales.

Eliminación del peaje al autoconsumo de electricidad

Por último, aun cuando no tiene naturaleza tributaria, conviene subrayar que se elimina el comúnmente conocido como “impuesto al sol”, que establecía peajes y cargos por el acceso a las redes del sistema eléctrico en el autoconsumo. En concreto se establece que la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos o peajes. Asimismo, se reconoce el derecho al autoconsumo compartido por varios consumidores y se introducen medidas tendentes a la simplificación administrativa especialmente en las instalaciones de potencia reducida.

 

Para más información, puede contactar con:

Enrique Vázquez

enrique.vazquez@AndersenTaxLegal.es

Jaime Varanda

jaime.varanda@AndersenTaxLegal.es

 

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