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Trabajo ‘asusta’ por carta a las empresas para que afloren el empleo sumergido

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Alfredo Aspra analiza las sanciones a las que se enfrentan las empresas y autónomos si la Seguridad Social detecta que los contratos a tiempo parcial de sus empleados no se ajustan a la realidad en un artículo que publica Expansión

La Seguridad Social ha lanzado una campaña de envío masivo de cartas a empresas y autónomos a los que avisa de que ha detectado que sus contratos a tiempo parcial no se ajustan a la realidad. En estas misivas, la Seguridad Social exhibe que conoce los detalles de los contratos y que duda de los reducidos coeficientes de tiempo parcial que recogen, ya que le parece que estos trabajadores estén realizando jornadas de más horas. Y advierte a las empresas de que si el contrato no recoge lo que realmente trabaja el empleado, deben regularizar esta situación. Si no lo hacen, serán objeto de una inspección y se arriesgan a sanciones de hasta 6.250 euros por trabajador, que se sumarían al 100% de lo dejado de cotizar, más un recargo por ingreso fuera de plazo, intereses y costas. 

Alfredo Aspra, socio director de Laboral de Andersen Tax & Legal, señala que en la práctica se traduce en que, por ejemplo, si un trabajador a tiempo parcial está dado de alta la mitad de la jornada (cuatro horas) y realmente se comprueba que son ocho las horas que trabaja, la Seguridad Social podría reclamar el importe dejado de cotizar de la mitad de la jornada con el límite de la prescripción, de cuatro años (esto podría ser entre el 50% y 100%), más, en su caso, el recargo (20%) por ingreso fuera de plazo más intereses y costas.

Aspra augura que este tipo de actuaciones “desincentivarán los contratos a tiempo parcial”, y recuerda que el Estatuto de los Trabajadores dice que los trabajadores a tiempo parcial no pueden hacen horas extraordinarias salvo supuestos muy excepciones. “Si a través del registro de jornada se comprueba por la Seguridad Social cualquier variación, por mínima que sea, entre el horario real realizado por el trabajador y el consignado en su contrato, la consecuencia inmediata podría ser abandonar esta fórmula de contratación, con las consecuencias negativas que podría implicar en la creación de empleo”, alerta.

Puede leer la noticia completa en Expansión.

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