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Un rayo de luz para las renovables

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Ignacio Aparicio comenta para Expansion la decisión de El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acerca del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica

Expansión | El al año 2016 el Tribunal Supremo mostró serias dudas sobre la constitucionalidad Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), y sobre su acomodo en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, y, por ello, planteó cuestión de inconstitucionalidad, la cual fue inadmitida por el Tribunal Constitucional, pues, a juicio del máximo intérprete de la Constitución, existiendo también dudas sobre incompatibilidad con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, debió el Tribunal Supremo plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que las despejara con carácter previo a acudir al Tribunal Constitucional. Por lo tanto, el Tribunal Constitucional, devolvió la pelota al Tribunal Supremo para que volviera a jugar en otra instancia.

El Tribunal Supremo, en 2018, salvando bola de partido, devolvió la pelota nuevamente al Tribunal Constitucional, ya que, sin un fundamento a mi juicio concluyente, consideró que el IVPEE no presentaba problemas de ajuste con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, y seguía teniendo dudas sobre la constitucionalidad de este impuesto, por lo que nuevamente planteó la cuestión de inconstitucionalidad mediante el auto de 10 de enero de 2018. Ante el giro copernicano del Alto Tribunal, la contestación del Tribunal Constitucional fue rotunda, y mediante auto de 20 de junio de 2018 inadmitió la cuestión de inconstitucionalidad pues, en suma, el IVPEE no era incompatible con el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Así, no siendo inconstitucional el IVPEE, y no teniendo dudas el Tribunal Supremo sobre la compatibilidad de este impuesto con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, el partido parecía terminado, con claros perdedores, los productores de energía eléctrica. Ante esta tesitura, y en la medida que el Tribunal Supremo se había cerrado la puerta a acudir ante el TJUE, sólo quedaba que algún Tribunal Superior de Justicia (TSJ) tomara la decisión de plantear la cuestión prejudicial, lo cual no parecía tarea fácil, visto el pronunciamiento del Alto Tribunal. De hecho, los TSJ de Murcia, Madrid, País Vasco y La Rioja, ya han dictado sentencias desestimatorias de los recursos sin considerar necesario plantear cuestión prejudicial.

Pues bien, ante este escenario el TSJ de la Comunidad Valenciana ha dado un paso hacia delante y, mediante auto de 22 de febrero de 2019, ha planteado cuestión prejudicial ante el TJUE por la posible vulneración de Derecho Comunitario por parte del IVPEE. El Tribunal Valenciano da un toque de atención al Tribunal Supremo, pues el Alto Tribunal en su partido jugado ante Tribunal Constitucional, renunció a plantear la cuestión prejudicial aduciendo que había llegado a la convicción de que el IVPEE no presentaba problemas de ajuste con el ordenamiento jurídico de la UE, pero “no motivó su convicción ni aportó las razones de su decisión.”

¿Y qué dudas tiene el TSJ de Valencia que le llevan a plantear la cuestión prejudicial? Las dudas que genera el IVPEE son las siguientes:

  • Que pese a su regulación como impuesto directo, su naturaleza y elementos esenciales son propias de un impuesto indirecto;
  • Que pese a tener una finalidad medioambiental es esencialmente un impuesto sin fin específico, recaudatorio, no extrafiscal;
  • Que se discrimina la producción de energía eléctrica de fuentes renovables;
  • Que distorsiona el mercado interior de energía eléctrica y vulnera la libre competencia.

¿Y ahora qué va a pasar? Pues para evitar la prescripción, y no perjudicar el derecho a la devolución, deberán iniciarse procedimientos ante la Agencia Tributaria solicitando la devolución de los impuestos pagados no prescritos y, respecto a los recursos contencioso-administrativos pendientes de sentencia, a mi juico, deberían suspenderse a expensas del pronunciamiento del TJUE para evitar pronunciamientos discordantes con lo que pueda decir el Tribunal Europeo.

En definitiva, la bola vuelve a estar en juego. 

 

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