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Aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada

  24 de abril de 2019    09:15    Madrid
Derecho Laboral

Andersen Tax & Legal organiza un Desayuno de Trabajo sobre los "Aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada" con la participación de Alfredo Aspra y José Antonio Sanfulgencio, abogados del Departamento Laboral. 

  • Sobre la jornada

El pasado miércoles día 3 de abril de 2019 fue convalidado por la Diputación Permanente del Congreso el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado en el BOE del 12 de marzo del presente año y cuya medida estrella consiste en el establecimiento de la nueva obligación empresarial de garantizar el registro diario de la jornada ordinaria de cada trabajador.

Dado que la entrada en vigor de la citada obligación se producirá el próximo 12 de mayo de 2019 y su eventual incumplimiento, entre otras consecuencias, podría ser susceptible de tipificarse como una infracción laboral de carácter grave, a tenor de la modificación igualmente introducida con el mencionado RDL 8/2019 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (art. 7, ap. 5), cuya sanción podría ser de hasta 6.250.-€, desde el Departamento Laboral de Andersen, tenemos el placer de organizar y compartir el Desayuno de Trabajo sobre los “Aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada”, cuyo objetivo es analizar, desde una óptica eminentemente práctica todas aquellas cuestiones laborales más relevantes e inminentes derivadas de la nueva obligación empresarial de garantizar el registro diario de la jornada de cada trabajador.
 
Se abordarán y tratarán cuestiones en el ánimo de ofrecer respuestas concretas a planteamientos como; ¿qué tipos de sistemas o herramientas resultarían idóneas para cumplir con la nueva obligación empresarial del registro diario de jornada?; ¿se considerará como tiempo de trabajo efectivo la totalidad del transcurrido entre el horario concreto registrado al inicio y finalización de la jornada diaria de cada persona trabajadora?; ¿cómo se interpretará la obligación del registro diario de la jornada con la flexibilidad horaria que a su vez dispone el artículo 34.9 ET?; ¿es obligatorio negociar y en su caso acordar con la representación legal de los trabajadores el establecimiento de un registro de jornada?; ¿qué ocurre en aquellos casos donde no existen representantes legales?; ¿se establecerá a nivel de convenio colectivo sectorial el registro de jornada?, etc.
 
Por otro lado, se hará un repaso de la doctrina judicial existente y de imprescindible conocimiento, susceptible de aplicarse a la nueva regulación pese a haberse dictado al amparo de la anteriornormativa en cuestiones como: la falta de un registro diario de la jornada ¿conllevará necesariamente la realización de horas extraordinarias?; ¿deben calificarse como horas extraordinarias sólo las que exceden de la jornada máxima legal o convencional, o también las que sin llegar a dicho límite, rebasan las jornadas máximas pactadas en convenio colectivo o en el contrato de trabajo?. Cuando el empresario conoce, consiente y permite que un trabajador siga en su puesto de trabajo tras la finalización de la jornada ordinaria y no hace absolutamente nada para impedirlo; ¿es viable una reclamación por realización de horas extras?; ¿sería conveniente que el empleador impartiese instrucciones precisas y expresas para negar la posibilidad de realizar esas horas?; ¿cuál ha de ser el precio de la hora extra?; ¿la remuneración total?; ¿se pueden excluir las pagas extras y complementos retributivos? Un salario global superior al del Convenio Colectivo ¿compensará la posible realización de horas extras?.
 
Para todo ello contaremos en esta ocasión con la presencia de D. Vicente Mora, Inspector de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones quien compartirá con nosotros las importantes medidas y cuestiones formuladas. Igualmente, José Antonio Sanfulgencio, abogado del Departamento Laboral de Andersen realizará un repaso a todos aquellos pronunciamiento judiciales de máximo interés y transcendencia en la materia.
 
El presente encuentro inaugura un nuevo formato de actualización normativa y doctrinal, con la finalidad de buscar un espacio donde compartir y reflexionar sobre el alcance y consecuencias de aquellas cuestiones de máxima actualidad que por su envergadura o trascendencia requieran un tratamiento muy especializado y, a su vez ofrecer líneas de actuación y pautas que puedan ser aconsejables o convenientes dependiendo de los múltiples factores y matices que en cada caso procedan.

  • Agenda 
9:15  Aspectos clave derivados de la nueva obligación de registro diario de la jornada

Alfredo Aspra 

Abogado. Departamento Laboral 

9:45 La organización y documentación del registro de jornada

Vicente Mora 

Inspector de Trabajo MTSS 

10:30 Café

10:45 Sentencias de imprescindible conocimiento

José Antonio Sanfulgencio

Abogado. Departamento Laboral

11:30 Coloquio y clausura

  • Ubicación
Auditorio Sede Andersen Madrid  

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