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Cuba: un año de la Helms-Burton

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Ignacio Aparicio hace balance del impacto del Título III desde su entrada en vigor y analiza las perspectivas para Cuba y las empresas con negocios en la Isla

Negar que la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton (1996) ha reforzado el bloqueo estadounidense a Cuba sería negar la evidencia.

Como se recordará, ese título permite que se entablen demandas ante los tribunales federales de EE.UU. contra quienes “trafiquen” con bienes confiscados a estadounidenses en Cuba tras la Revolución de Fidel Castro.  Su aplicación fue suspendida por los gobiernos de Clinton, Bush, Obama y Trump, si bien este último levantó la suspensión el 2 de mayo de 2019.

Un año después, podemos afirmar que la medida “estrella” de Trump frente a Cuba ha surtido efectos, no en cuanto al número de demandas presentadas, sino a la hora de que las empresas replanteen sus decisiones de negocio en la Isla, al tener más que nunca en cuenta el riesgo a ser demandados en EE.UU. por posible “trafico” con bienes confiscados/nacionalizados. Las instituciones financieras también han reducido su exposición en sus transacciones y en las de sus clientes con la Isla.

Acompañando a la Helms-Burton, la Administración Trump ha adoptado otras medidas frente a Cuba: restricciones en los viajes a estadounidenses; reducciones en las remesas a 1.000 dólares por persona y trimestre; interdicción de ciertas transacciones financieras; inclusión de nuevas entidades en la Cuba Restricted List (“lista negra” con las que existe prohibición a los estadounidenses de comerciar); sanciones a Venezuela que afectan financieramente a Cuba, etc. 

A seis meses de las elecciones presidenciales (3 noviembre de 2020), fuentes apuntan a más medidas contra Cuba. Florida, con gran número de cubanos exiliados, es un baluarte republicano que Trump necesita revalidar.

Este 13 de mayo, el Departamento de Estado ha certificado a Cuba bajo la Ley de Control de Exportación de Armas (Arms Export Control Act) por no haber "cooperado plenamente" en 2019 con los esfuerzos antiterroristas de EE.UU.  Si bien dicha calificación tiene poco efecto práctico, pues prohíbe a Cuba la compra de bienes y servicios de defensa (que no venía realizando), puede ser la antesala de su inclusión  en la lista de los países patrocinadores del terrorismo, lista de la que Obama la sacó en 2015. Ello supondría, entre otros, la persecución de las transacciones financieras entre Cuba y bancos de terceros países, con imposición de multas multimillonarias, como fue el caso de BNP Paribas en 2014, y enfriar más las inversiones y negocios extranjeros.

Ha sido, sin duda, un año complicado para Cuba, y aún se deben sumar las consecuencias imprevistas del COVID-19 sobre la economía mundial y cubana, con su fuerte dependencia del turismo. 

Cuantificar el impacto directo de la Helms-Burton sobre Cuba es un ejercicio complicado. Lo que puede concluirse, a la vista de las estadísticas, es que en este año de vigencia no se ha producido el aluvión de demandas que el Departamento de Estado vaticinaba.

Según los números facilitados por el Consejo Económico y Comercial Cuba-EE.UU., solo el 0.15% de los 5.913 reclamantes que en su día obtuvieron una reclamación certificada de la Foreign Claim Settlement Commission estadounidense (FCSC) ha demandado en base a la Helms-Burton.

Aunque no solo se puede demandar en base a una reclamación certificada, serían estos reclamantes “certificados” quienes a priori mejor podrían justificar su derecho. Recordemos que la FCSC ha venido conociendo a lo largo de los años las reclamaciones de ciudadanos estadounidenses contra gobiernos extranjeros. Los programas frente a Cuba conocieron un total de 8.821 reclamaciones, de las cuales 5.913 fueron consideradas como indemnizables (“certificadas”). 

Pues bien, al año de la Helms-Burton, solo 25 demandas han sido presentadas; de ellas, 5 en los últimos seis meses y 9 por reclamantes certificados. Hay que recordar que en marzo de 2019 el Departamento de Estado de los EEUU había estimado que entre reclamaciones ya certificadas y no certificadas se esperaban entre 75.000 a 200.000 posibles demandados. 

Otro dato a tener en cuenta es que casi la mitad de los demandados son empresas estadounidenses y que únicamente continúan demandadas dos compañías cubanas. Entre demandadas con sede en EE. UU., figuraban Amazon, American Airlines, Carnival Corporation, Expedia, Mastercard, Norwegian Cruise Lines, Orbitz, Royal Caribbean Cruises, Tripadvisor o Visa.

No obstante, Amazon termina de ser exculpada (pendiente apelación) en el pleito seguido por Daniel A. Gonzalez por el comercio de carbón de la finca confiscada a su antecesor, por dos cuestiones que están siendo alegadas de forma muy recurrente: la dificultad de prueba de la legitimación a demandar (título de propiedad o derecho sucesorio sobre el bien), y de que el tráfico se ha realizado, como requiere la Helms-Burton, de forma consciente e intencional (knowingly and intentionally).

España es el país de la Unión Europea con más empresas demandadas (NH, BBVA, Meliá e Iberostar) y, en total, fuera de EE.UU., otros nueve países más se han visto afectados: Alemania, Canadá, Chile, Francia, Países Bajos, Reino Unido, República de Cuba, Suiza y Tailandia.

Ante esta incertidumbre, la reacción de la UE no puede decirse efectiva. El Reglamento 2271/96 protege a sus nacionales de los efectos de la Helms-Burton en territorio europeo, pero dicha protección no alcanza a los activos o intereses que las afectadas puedan tener en territorio estadounidense.

En conclusión, el balance de las demandas bajo la Helms-Burton en este año no habrá sido el esperado por Trump y habrá que analizar el precio político pagado. No obstante, habrá que esperar acontecimientos, el resultado de los pleitos, próximas medidas de EE.UU., así como al resultado de las elecciones norteamericanas que pueden marcar otro hito en las relaciones Cuba y EE.UU.

Puede ver el artículo en Expansión

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