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La modificación de la LOTUP amplía el alcance de la declaración responsable para simplificar los procedimientos urbanísticos

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El Decreto que el Consell prevé aprobar de forma inminente implicará una simplificación de los procedimientos urbanísticos relativos a la obtención de los correspondientes títulos urbanísticos habilitantes que legitimen, en general, la ejecución de obras e implantación de usos

La Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) de la Generalitat Valenciana, materializa distintas propuestas, entre otras, amplía el alcance de la declaración responsable con el fin de simplificar los procedimientos urbanísticos, de tal forma que determinadas actuaciones urbanísticas, antes sujetas a licencia, estarán sujetas a declaración responsable, siempre que vayan acompañadas de certificación emitida por un organismo de certificación administrativa.

Así se puso de manifiesto durante el Foro de de Actualidad en el Urbanismo Valenciano organizado por Andersen Tax & Legal para abordar las novedades en el régimen jurídico de los títulos habilitantes urbanísticos y el desplazamiento de la licencia por la declaración responsable. José Vicente Morote, Socio Director de la práctica de Derecho Público y Regulatorio de Andersen Tax & Legal en España, Argimiro Mayoral, Asociado Sénior de la firma, y Manuel Latorre Hernández, Secretario del Área de Desarrollo y Renovación Urbana y Vivienda del Área de Movilidad Sostenible y Espacio Público del Ayuntamiento de Valencia, intervinieron en esta jornada en la que participaron distintos profesionales y representantes, tanto de la administración pública, como del sector privado.

Igualmente, se abordó el análisis del proyecto de Decreto del Consell, actualmente en tramitación, por el cual se regulan las funciones y el registro de las entidades colaboradoras de la administración en la verificación y control de las actuaciones urbanísticas (ECUV). El objeto de dicho Decreto es la regulación del sistema de habilitación, funcionamiento y registro de estas entidades, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Novena de la LOTUP introducida por la Ley 1/2019, siendo previsible su aprobación durante las próximas semanas y que, sin duda alguna, implicará una simplificación de los procedimientos urbanísticos relativos a la obtención de los correspondientes títulos urbanísticos habilitantes que legitimen, en general, la ejecución de obras e implantación de usos.

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