Noticias

Comienza el contenido principal

Siete claves legales y sanitarias que deben tener en cuenta las empresas en la vuelta al trabajo

| Noticias | Derecho Laboral

Alfredo Aspra, Rocío Vivo y José María Gallego explican las claves para recuperar la actividad en el trabajo tras la declaración del estado de alarma

Las empresas empiezan a recuperar la actividad tras el parón provocado por la pandemia de coronavirus y la declaración del estado de alarma. En plena fase de desescalada Andersen Tax & Legal explica a Confilegal las claves para hacer más sencilla esta vuelta al trabajo.

  • Definir bien los aspectos legales en la vuelta al trabajo

Alfredo Aspra, socio del área laboral de Andersen Tax & Legal, cree que “más allá de las regulaciones concretas que pueden afectar de distinta forma a cada sector de actividad, la prioridad y clave reside en la prevención de riesgos laborales y la adopción de medidas que permitan proteger la seguridad y salud de los trabajadores.

En este escenario este jurista señala medidas como “mantenimiento de la distancia de seguridad, desinfección de espacios, uso de mascarillas y geles desinfectantes o, en la medida de los posible, primar el régimen de teletrabajo u otras medidas que se estarían adoptando en las compañías, como limitación de aforos, vuelta escalonada o por turnos o la elaboración y seguimiento de protocolos específicos de seguridad y de higiene”.

  • Gestionar bien la situación de los trabajadores en ERTE 

En cuanto a los trabajadores afectados por un ERTE, Alfredo Aspra y la asociada senior del área laboral de Andersen Tax & Legal, Rocío Vivo, señalan que “mantendrán su contrato suspendido, en tanto en cuanto las causas justificativas del mismo (fuerza mayor, causas económicas, técnicas, organizativas o productivas) perduren en el tiempo”.

“Así, una vez que aquéllas finalicen, y el empleado resulte desafectado del ERTE, el trabajador deberá contar con un retorno a su puesto de trabajo en condiciones adecuadas”, aclaran. Sobre reducciones de jornada “durante el tiempo en el que el empleado preste servicios, el empresario deberá garantizar que el trabajo se presta con las máximas garantías de seguridad y salud”.

  • Retorno a la oficina o seguir con el teletrabajo

En cuanto al retorno de los trabajadores a la oficina, José María Gallego abogado de Andersen Tax & Legal y especialista en prevención de riesgos laborales y Rocío Vivo recuerdan que la actual normativa SND/399/2020 y SND/414/2020 sigue apostando por el fomento del teletrabajo, siempre que sea posible, para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

Para estos expertos, “salvaguardando dicho principio general, la organización del retorno al centro deberá ajustarse al plan de contingencia diseñado por el Servicio de Prevención e implantado por la empresa y que tendrá en cuenta las medidas que deriven de la actualización de la evaluación de riesgos”.

También señalan que algunas de las medidas que están adoptando las empresas de nuestro país para organizar esta vuelta son el retorno de los trabajadores organizados por grupos de riesgo, alternancia de trabajo presencial y trabajo en remoto o cierre de zonas comunes.

Otras que se plantean pasan por “ampliar la distancia entre equipos de trabajo, horarios escalonados (días o semanas alternos por equipos) para evitar aglomeraciones a la entrada y salida del centro de trabajo y garantías de conciliación para trabajadores con mayores o menores a su cargo”.

Puede ver el artículo completo en Confilegal

Fin del contenido principal