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La justicia aplica ‘norma mínima’ para los permisos retribuidos

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Alfredo Aspra analiza la norma mínima en caso de permisos retribuidos que establece el Tribunal Superior de Justicia de Navarra

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra establece que el principio a aplicar en casos de permisos retribuidos es el de norma mínima y no el de norma más favorable. “El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores es una norma de derecho necesario relativo que admite mejora, pero no su empeoramiento, vía convenio colectivo o contrato individual de trabajo”, explica la sentencia, de 25 de marzo de 2019.

Alfredo Aspra, socio del Área Laboral de Andersen Tax & Legal, destaca que el fallo confirma la condena del Juzgado de lo Social 3 Navarra por el derecho del demandante a haber disfrutado como licencia o permiso retribuido de dos días por el fallecimiento de la abuela de su cónyuge. Esta sentencia, ahora confirmada, condena a la empresa a abonar al demandante la cantidad reclamada de 315,18 euros, más el interés legal por mora, en concepto de exceso de jornada realizada por la indebida denegación del permiso retribuido que había solicitado.

Puede leer el artículo completo en El Economista.

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