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Los trabajadores en ERTE que rechacen reincorporarse pueden ser despedidos

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Alfredo Aspra analiza la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid

La negativa de un trabajador en ERTE a reincorporarse a su puesto cuando el empresario se había reservado la opción de ir recuperando anticipadamente a la plantilla es causa de despido disciplinario. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que estos días cobra plena actualidad teniendo en cuenta que muchas empresas en ERTE por fuerza mayor por la Covid-19 están entrando en fase de desescalada.

Alfredo Aspa, socio de Andersen Tax & Legal, afirma que nada impediría que el empleador procediese a la extinción disciplinaria de un empleado que, hallándose afectado por un ERTE con causa de fuerza mayor por el COVID-19 y debidamente autorizado por la autoridad laboral, rechace sin causa justificada su reincorporación al puesto de trabajo. Con independencia de las causas esgrimidas por el empresario para el expediente, aclara, podría alegar esas faltas injustificadas al trabajo para justificar el despido. Además, afirma que, en este caso, no se entendería incumplida la garantía de mantenimiento de empleo por seis meses de duración.

¿Qué motivos podría alegar el trabajador para rechazar su vuelta al trabajo? Según explica Aspra, no existen causas tasadas que justifiquen la ausencia en el trabajo, recayendo en los tribunales la valoración de la gravedad de la falta y la proporcionalidad del cese. También asegura que, uno de los motivos que podrían aducirse en este momento, es el cuidado de menor o familiar a cargo. Teniendo en cuenta las medidas laborales aprobadas para hacer frente a la crisis, el trabajador podrá solicitar una adaptación o reducción de jornada, de hasta el 100 %, lo cual posibilitaría al trabajador ausentarse de su puesto de trabajo de un modo lícito y justificado.

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